¿En cuánto quedó el SMI diario? La gran pregunta que se hacen muchos y es respondida: con casi unos treinta y dos euros, lo que sería igual a unos trece mil trescientos euros al año. Para los obreros eventuales y temporeros, el SMI al día quedó establecido en cuarenta y cinco euros, mientras que tomando en consideración a los empleados domésticos, su salario mínimo establecido por hora va a alcanzar los ocho euros.
Para es año 2020, el SMI se sitúa en los novecientos cincuenta euros al mes, casi un seis por ciento adicional con respecto a los novecientos euros establecidos en el año 2019. Desde el año 2003, cual el salario mínimo mensual era de cuatrocientos cincuenta euros, haya la actualidad, el incremento que ha experimentado el salario mínimo ha sido de un ciento diez por ciento.
¿Cuánto le va a ingresar a la Seguridad Social?
Este va a incrementar sus ingresos en casi doscientos cincuenta millones de euros debido al incremento de las bases de cotización vinculada al incremento en un seis por ciento del salario mínimo interprofesional, mejor conocido como el SMI acordado para el año 2020, según consta en el documento que acompaña al programa de Decreto Real por el que se acuerda el SMI para este año en novecientos cincuenta euros al mes por catorce pagos. Lo que elevaría la cotización a unos mil ciento ocho euros mensuales.
¿Cuánto se piensa recaudar?
Según el Ministerio para el Trabajo se está calculando que por cada uno de los puntos que aumenten las bases mínimas de cotizaciones en el Régimen General presupuestario (sin contar con los sistemas de carácter especial) va a procurar realizar una recaudación extra de casi treinta millones de euros. Como el incremento del SMI es de un seis por ciento estimado, estos treinta millones de euros se tendrían que multiplicar por seis, lo que nos daría una totalidad para este Régimen, de unos ingresos extra de prácticamente de ciento sesenta millones de euros.
En concreto, los pilares de la Seguridad Social que en el interior del Régimen General se observan muy afectados por el alza del SMI son los pilares básicos de los conjuntos de cotización, 4 (asistentes no titulados) hasta el diez (peones) y once (trabajadores con edades inferiores a los dieciocho años, sin importar su categoría profesional), cuya base mínima puede coincidir con la del SMI o se encuentra en un intervalo cercano al SMI. Además de las categorías de los conjuntos, uno para ingenieros y licenciados, hasta el tres, los cuales serán encargados de talleres o jefes administrativos, cuya base mínima será superior al SMI pero incrementado por la Ley bajo la misma proporción que este salario.
En la Memoria que va en concordancia con este Proyecto de Decreto Real se va a calcular lo que se supondría para cada uno de los ingresos de este sistema de incrementos en un punto de los pilares de cotización que se verían afectados por el incremento del SMI, sobre todo en las bases mínimas.
En cuanto al Sistema Especial de Trabajadores Agrarios por Cuenta Propia, el Ministerio considera que los ingresos extra que trae consigo el incremento del SMI va a ser de unos veintidós millones de euros, lo que es igual a casi cuatro millones de euros por punto, mientras que en el caso de lo que se conoce como el Sistema Especial de Trabajadores del Hogar se van a recaudar unos catorce millones de euros adicionales, es decir, unos dos millones y medio por punto.
Finalmente, en cuanto a los perceptores de prestaciones por desempleo, prestaciones contributivas y subsidios, el incremento del SMI va a conllevar ingresos por cotizaciones de cada cincuenta y tres millones de euros, siendo igual a casi unos nueve millones y medio de euros por punto.
¿Cómo se verán afectadas las prestaciones económicas?
En cuanto a los gastos, Trabajo confirma que la repercusión del incremento del SMI en cuanto al gasto en las prestaciones económicas va a diferir según se realicen los pagos de pensiones o subsidios, puesto que las bases de cotización intervienen de forma muy distinta sobre las diferentes prestaciones de la Seguridad Social, «con repercusiones directas en cuanto a las prestaciones ocasionadas por maternidad, incapacidades temporales, riesgos durante el embarazo, lactancia natural y paternidad, en función o no de que los trabajadores ocasionen la prestación». En cuanto a las pensiones, indica el Ministerio, «las repercusiones son a largo plazo». «Sin embargo, al haber una garantía mínima de pensiones mínimas. Los mayores gastos se van a compensar en conformidad a lo que se perciba por garantía de mínimo», aclara.