Los centros educativos de primaria y secundaria de la Comunidad Valencianaestarán obligados a entregar copia de los exámenes corregidos de los alumnos a las familias que lo soliciten. La Conselleria de Educación, gestionada por Compromís, ha aceptado la petición del defensor del pueblo valenciano (Síndic de Greuges), José Cholbi, según ha informado la entidad en un comunicado.
El pasado mes de noviembre el Síndic instó a la conselleria a dar instrucciones a a todos los centros docentes no universitarios para que den respuesta positiva a las familias que soliciten copia de los exámenes o pruebas de evaluación corregidas, «independientemente de los supuestos de reclamación regulados en la normativa vigente». Esta petición se ampara en el derecho de los interesados a obtener copia para revisar las pruebas de evaluación en casa, para repasar o sencillamente para ejercer su derecho de acceso a estos documentos.
Según informaba entonces la institución, la normativa vigente en la Comunidad Valenciana no contempla «expresamente» el derecho del alumnado o de sus representantes legales -en caso de ser menores de edad-, de obtener una copia de los exámenes realizados si no es en el ámbito de un procedimiento de reclamación.
«Precisamente por ello, los centros docentes podrían denegar las copias de los exámenes solicitados por los alumnos o tutores legales, privando a los interesados del ejercicio del mencionado derecho», han advertido desde la Sindicatura.
El defensor aseguraba compartir «el posicionamiento de las sentencias judiciales» que señalan que, de acuerdo con la ley reguladora del procedimiento administrativo, «el derecho de cualquier ciudadano a acceder a documentación administrativa no encuentra otro límite más que el interés legítimos del solicitante» y este criterio, según los mismos tribunales, resulta de plena aplicación en el ámbito académico. Ahora, Educación ha atendido su petición y facilitará esa copia de exámenes.
Por su parte, la Conselleria comparte el planteamiento de defensor autonómico y considera «de plena aplicación en el ámbito académico» la Ley reguladora de procedimiento administrativo, que en su artículo 53.1 recoge el derecho de las personas que tienen la condición de «interesado» a acceder y tener copia de los documentos que formen parte de un expediente administrativo.