Leo que el Banco de España ha contestado al Senado que la aplicación de las llamadas cláusulas suelo a las hipotecas "no son, en general, susceptibles de ser catalogadas como abusivas". ¿por que dice esto una institución como el Banco de España? Antes de contestar a esa pregunta, recordemos que se esconde detrás de esta palabreja.
Para empezar retrocedamos un poco y hablemos brevemente del factor que más determina la existencia de las cláusulas suelo. Me estoy refiriendo, por supuesto, al euribor. Podríamos decir que el euribor (Europe Interbanking Offered Rate) es el promedio del precio al que las entidades financieras europeas más importantes se prestan el dinero en el mercado monetario. En concreto, es la media mensual del tipo de interés diario a un año.
Esto no afecta al Banco Central Europeo que es el que fija el precio oficial del dinero en Europa (en este momento los tipos están en el 1%) eso quiere decir que el Banco Central Europeo presta dinero a los bancos con un interés del 1%, y estos a su vez, como ya hemos comentado, utilizan como referencia el euribor para prestarse dinero unos a otros (en estos momentos el euribor está, aproximadamente, en el 1,25 %).
Pues bien las hipotecas, en su gran mayoría, están también referenciadas al euribor más otro tanto por ciento que fijan los bancos (cada banco tiene el suyo propio pero en general suelen oscilar entre el 0,50 % y el 1%).
Ahora bien estos precios son relativos, porque en el 90 % de los casos el comprador suele contratar la llamada hipoteca a interés variable a un año, lo que quiere decir que anualmente ese precio se revisa, y sube o baja en función de cómo haya evolucionado el euribor durante ese año. Hasta aquí todo funciona más o menos correctamente.
El problema empieza cuando los tipos de interés están muy bajos –como ocurre en la actualidad– y los bancos consideran que el negocio se resiente. Entonces incorporan en los contratos de las hipotecas una cláusula suelo que funciona como un paracaídas, es decir ponen un límite a partir del cual la hipoteca no puede bajar más. Que sepamos no existen hipotecas techo. Pues bien esta cláusula es la que el regulador español, el Banco de España, no considera abusiva.
Realmente hay poco que decir y con toda seguridad a cualquier hipotecado que le preguntemos la respuesta del Banco de España le habrá resultado decepcionante. Además de eso, y como justificación, el banco habla de que son los clientes los que aceptan libremente estas cláusulas. Que además pueden revisarlas hasta en tres ocasiones antes de la firma definitiva, y por último que si el comprador no está conforme o se siente engañado puede, elemental querido Watson, acudir a los tribunales.
Sólo le ha faltado decir al banco una cosa, que no ha dicho, y es que por lo general todas estas cláusulas son de adhesión, es decir, no se puede elegir. El comprador no puede decir no, porque si lo hace, no hay crédito ni hipoteca alguna. Es en esas condiciones en las que cláusula suelo, sí, nos parece abusiva. |