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El farmacéutico condenado por acoso no irá a la cárcel
Redacción - viernes 1 de julio de 2011 a las 10:00 horas
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Pese a la sentencia, el también investigador sigue manteniendo que las dos mujeres le denunciarion por un desacuerdo económico.

 

Ramón González Navarro, el farmacéutico e investigador local que ha sido condenado a seis meses y 44 días de prisión por acosar sexualmente a dos empleadas entre 1997 y 2004, no tendrá que pisar la cárcel. La pena dictada por el Juzgado de lo Penal número 1 de Alcalá asciende a seis meses y 44 días y González carece de antecedentes penales.
El farmacéutico —que a finales de los años 70 fue presidente de las Juventudes Musicales de Alcalá y también estuvo al frente, durante varios años, de la Institución de Estudios Complutenses— fue denunciado en 2004 por dos trabajadoras de la farmacia que González Navarro tiene desde hace varias décadas en la calle Torrelaguna: una auxiliar administrativa y una farmacéutica adjunta.

 

Además de la pena de prisión, la sentencia —dictada el pasado 20 de junio— también establece que el condenado tendrá que indemnizar económicamente a ambas mujeres: a M. A. C. en la cantidad de 11.280,42 euros y a M. G. A. C. con 11.234,61 euros, más los intereses correspondientes.

 

Según los hechos probados de la sentencia, Ramón González Navarro presionó a estas dos empleadas para que mantuvieran una relación sentimental con el. Lo hizo mediante cartas y poemas de contenido amoroso y erótico y también mediante mensajes de móvil. Además, el fallo establece que también se sobrepasó físicamente con sus trabajadoras, con besuqueos o tocamientos que no contaron con el consentimiento de las denunciantes.


“SOY INOCENTE”. Ramón González Navarro, que, pese a ser consultado, ayer, por Diario de Alcalá se negó a hacer cualquier tipo de declaración al respecto, manifestó el pasado miércoles su intención de recurrir la sentencia, llegando incluso hasta el Tribunal Supremo, ya que mantiene su inocencia y sostiene que si se en la actualidad está condenado por acoso sexual en el ámbito del trabajo es por “un desacuerdo económico” que tuvo con M. A. C. y M. G. A. C. Por el contrario, la abogada de las víctimas, Isabel Matas, negó que fuera así y recordó que la propia sentencia reconoce que como ambas mujeres “mostraron de forma inequívoca, tanto con palabras como con su actitud, el rechazo a las proposiciones sentimentales” de su jefe, este último “como represalia por ello, las trataba despóticamente en sus puestos de trabajo durante o un tiempo” o las retiró “temporalmente el pago de los incentivos que recibían en dinero no computado oficialmente en sus nóminas”.


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