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Envíe sus dudas sobre vivienda, mercado laboral o deudas
Redacción - lunes 17 de enero de 2011 a las 12:27 horas
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El gabinete de expertos Iure Abogados responderá a todas las consultas de nuestros lectores.

 

Plantee sus cuestiones en la web y las expertas Raquel González Díaz (abogada especialista en derecho mercantil),  Pilar Polo López (abogada especializada en derecho Civil), María Jesús Durantes García (asesora laboral), Patricia Carrera Sánchez (abogada especializada en derecho concursal) y Teresa Reiz Caraballo (asesora fiscal) contestarán sus preguntas

 

Las respuestas serán publicadas en esta misma web y el el suplemento económico El Corredor.
 


Comentarios Sociales



Comentarios
Fernando escarpin25@hotmail.com
martes 1 de febrero de 2011 a las 01:42 horas
Hola que tal...
Mi pregunta es sobre vivienda:
Tengo 29 años y cobro la ayuda al alquiler, en octubre se me acaba y he pensado en comprarme una casa o un piso.
El piso en cuestión cuesta 65000 euros, no os asustéis, es una ganga pero porque está en Cáceres y es de segunda mano.
Lo que quiero saber es como puedo pedir una hipoteca, si me la dan o como, ya que me han dicho que solo te dan el 80 de la tasación y yo ahorros tengo pero no mucho ya que mi nómina no es muy alta.
Mi nómina es de 1014 euros al mes.
Con eso bastaria para pedirla y donde ,, no se. un saludo
Patricia Reyes Martín prm268@yahoo.es
jueves 27 de enero de 2011 a las 07:27 horas
Buenos días.

Pertenezco a una promoción de pisos de protección oficial en contrucción que termina este año, pero han surgido rumores de que lo mismo la promotora entra en concurso de acreedores.
Tenemos aval de las cantidades aportadas, pero llevamos muchos años pagando y esperando.
¿Cómo nos afectaría esto y qué deberíamos hacer en el caso de que curra realmente?
un saludo
Rakel diablilla604@hotamail.com
miércoles 26 de enero de 2011 a las 12:02 horas
Hola, mi pregunta es: hace 4 años me separé y en el convenio se firmó que cuando se vendiera la casa (sin expecificar tiempo), se repartiria al 50%, aún no se ha vendido, puedo obligar a mi ex marido a que venda mas barato? pide la misma cantidad que hace 4 años, vivo en casa de mis padres con dos hijos. Gracias
Julián
viernes 21 de enero de 2011 a las 11:48 horas
Mi pregunta es si, a la hora de formalizar un contrato para la compra de una vivienda tengo la obligación de dar todos los datos personales que me pidan: ingresos económicos, números de cuenta del banco, DNI,...
Gracias
Belén G.
viernes 21 de enero de 2011 a las 11:42 horas
Me acabo de separar, no tengo hijos y con mi ex pareja tengo en común una vivienda y algunos participaciones en fondos de inversión. Mi pregunta es si es una obligación hacer la próxima declaración de la renta conjunta.
Manuel A. González
jueves 20 de enero de 2011 a las 21:32 horas
Una pregunta muy sencilla. Este año tendré que declarar a Hacienda, además de los ingresos de mi nómina, tres trabajos que me han surgido y que, en total, no me han reportado más de 2.000 euros. ¿Qué tipo de declaración tendré que presentar? Muchas gracias
Javier jantolinog@yahoo.es
martes 18 de enero de 2011 a las 13:51 horas
Llevo separado casi 2 años y la casa que tenemos en comun se la ha quedado mi exmujer al tener una niña en comun, en esta casa no hay nadie viviendo, es normal que no pueda aprovecharla yo, por otro lado, si me empadrono en otro lugar, me puedo deducir de la casa que estoy pagando?

Gracias
María Sánchez
lunes 17 de enero de 2011 a las 20:22 horas
Buenas tardes:
En el 2010 vendí la parte de mi vivienda por extinción de condominio y no sé si a lo largo del 2011 invertiré en otra vivienda. ¿Cuanto tiempo tendría para desgravarme en hacienda al utilizar ese dinero en la compra de otra casa? Si no compro vivienda en ese plazo, ¿podría desgravarme de alguna manera por el alquiler, o podría reducir de alguna manera ese importe?
Muchas gracias!
Ana
lunes 17 de enero de 2011 a las 16:11 horas
Hola

Mi pregunta es sobre la nueva ley fiscal, en cuanto a las deducciones por compra de vivienda. Se supone que quien compre a partir del 1 de Enero de 2011 no podrá deducirse nada, pero ¿qué ocurre si has empezado a dar cantidades para la construcción de una vivienda en 2009 y la vivienda la entregan en 2012? ¿Cuándo se considera que \\\"se ha comprado\\\"?

Gracias, un saludo
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