Alcalá de Henares • Actualidad • Tu Vida
Toca hacer cuentas
Desiree Santos - miércoles 5 de mayo de 2010 a las 19:37 horas
Bookmark and Share
 

Si todavía no ha solicitado su borrador, le explicamos paso a paso las claves para echar números con el fisco.

 

La Agencia Tributaria prevé que se presentarán 19,5 millones de declaraciones en la campaña de la Renta 2009 que comenzó esta misma semana. De ellas, estima que devolverá 12.200 millones de euros a más de 15 millones de contribuyentes

Si todavía no ha presentado su borrador y tienen dudas de cómo hacerlo, aquí le proporcionamos una guía práctica para no perderse entre números y papeles. Tome nota. Tiene hasta el 30 de junio para presentar su declaración. 

Solicite el borrador

Lo primero: solicitar el borrador. Si ya solicitó el año pasado, Hacienda se lo enviará. Más de 16 millones de españoles recibirán sus datos fiscales en casa. Están obligados a realizar la declaración  quienes tengan rendimientos del trabajo, rendimientos del capital mobiliario con retención o ingreso a cuenta, Letras del tesoro, imputación de rentas inmobiliarias de dos inmuebles como máximo, ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta y subvenciones para la adquisición de una vivienda.

Los contribuyentes pueden solicitar su borrador en cualquier oficina de la Agencia Tributaria, a través de Internet (www.aeat.es) y llamando al teléfono 901.200.345. Hacienda estima que enviará alrededor de 20 millones de borradores, tramitando una media de 350.000 diarios.

Las novedades

Entre los cambios que hay que tener en cuenta para que cuadren los números con Hacienda, destaca el aumento de las ventajas fiscales a los trabajadores que hayan sufrido alguno de los numerosos expedientes de regulación de empleo (ERE) que tuvieron lugar durante el pasado ejercicio. En su caso, la exención de la indemnización se extiende a los 45 días por año trabajado para quienes hayan sido despedidos a partir del 8 de marzo de 2009, aunque sólo hasta un máximo de 42 mensualidades.

Para aquellos contribuyentes afectados por esta nueva regulación que no estuvieran obligados a declarar al no llegar a la renta mínima de los 22.000 euros anuales, Hacienda recomienda presentar de todas maneras la declaración, consignando para poder cobrar las retenciones ya pagadas.

Asimismo, se mantiene para 2009 la deducción de hasta 400 euros anuales para aquellos que obtengan rendimientos del trabajo o de actividades económicas. En el caso de los asalariados, hay que comprobar que esta medida ha sido incluida en las retenciones efectuadas sobre las nóminas. Para los autónomos, lo más habitual es haber ido cobrándola trimestralmente.

También, en relación con el incremento del paro, aumentan los trabajadores que han tenido dos o más pagadores al pasar a recibir alguna de las prestaciones por desempleo del Estado o las Comunidades, lo que altera el resultado final del IRPF.

Si es su caso, conviene que revise bien los datos y aproveche al máximo las posibilidades de las deducciones que, recuerde, por defecto, no parecen en los datos remitidos por la Agencia Tributaria.

Revise los datos y confirme su declaración

Si al revisar el borrador, algunos datos no son correctos puede modificarlos. Las circunstancias más habituales son las cuotas sindicales o temas relacionados con la vivienda como la referencia catastral, la adquisición, el alquiler y las cuentas de ahorro vivienda. Los cambios a realizar puede notificarlos a través de Internet (www.agenciatributaria.es), por teléfono, personalmente con cita previa en las oficinas tributarias o en las entidades colaboradoras como bancos o cajas de ahorro.

Una vez comprobados y modificados los datos, hay que confirmar el borrador. Para hacerlo, el contribuyente necesita el NIF, el número de cuenta corriente, el de referencia del borrador (lo puede encontrar en la carta que acompaña al borrador), y el número de justificante, reflejado en el documento de ingreso o devolución.

Se puede confirmar por Internet, por teléfono, en cajeros automáticos y bancos, personalmente en la Agencia Tributaria. Sólo si es a devolver, se puede también realizar a través del servicio automático en el 901 12 12 24, las 24 horas del día, o con un mensaje de texto al 7743 Renta (espacio) número del justificante del borrador (espacio) y el NIF. Si es declaración conjunta, añada el NIF de su cónyuge. Si se domicilia el pago, el cobro no se hará efectivo hasta después del 30 de junio.


Comentarios Sociales



Comentarios

ENVÍA TU OPINIÓN
 
Nombre y Apellidos Correo Electrónico (*) Clave Publicación (*)
Comentario:

Imagen de Verificación:
Escriba el Código:

* Campos Opcionales
 
NOTICIAS RELACIONADAS:

Las dudas
NOTICIAS MÁS LEIDAS: